Pueden ser miembros de la FEISAL todas las escuelas de enseñanza de medios audiovisuales, imagen y/o sonido, de los países Iberoamericanos, que tengan nivel terciario o superior, reconocido en sus propios países.
También pueden integrarla aquellos centros de estudio, que sin detentar el carácter formal de escuela, estén adscriptas a departamentos de comunicación o artes audiovisuales, dependientes de Universidades Nacionales, Provinciales, Municipales, privadas, o talleres o grupos de estudio y trabajo que se dediquen a la enseñanza audiovisual, debiendo acreditar fehacientemente este carácter.
Categorías de asociados: Miembros: ACTIVOS, ADHERENTES y HONORARIOS.
Son miembros ACTIVOS, las escuelas o entidades que se dediquen a la enseñanza de medios audiovisuales en cualquiera de sus formas totales o parciales, y que sean reconocidos como tales por la autoridad competente de sus respectivos países, debiendo cumplir las siguientes condiciones:
- Ser presentados por dos miembros con derecho a voto, cuya permanencia en tal carácter sea mayor de seis meses consecutivos.
- Presentar la solicitud a la Comisión Directiva de la Federación, por medio de persona legalmente autorizada, acompañando la documentación que se exija,
- Ser aceptados como miembro por parte de la Comisión Directiva, por voto de los dos tercios de miembros presentes.
Los miembros ACTIVOS tendrán derecho a:
- Participar con voz y voto en las Asambleas
- Elegir y ser elegidos integrantes de los órganos directivos de la FEISAL
- Proponer a la Comisión Directiva la incorporación de nuevos asociados
- Proponer a la Comisión Directiva y en las Asambleas la ejecución de acciones concretas tendientes al logro de los objetivos comunes.
- Gozar de los beneficios que otorga la entidad a sus asociados de acuerdo al Estatuto, Reglamento, Resoluciones de Comisión Directiva y Resoluciones Asamblearias.
Miembros ADHERENTES, son aquellas entidades o instituciones, cuyos fines sean afines al principal objeto de la F.E.I.S.A.L., así como aquellas empresas o instituciones públicas o privadas que colaboren con las funciones de la F.E.I.S.A.L. y sean elegidos por la Asamblea General a propuesta de la Comisión Directiva o del 30% de los miembros ACTIVOS.
Pueden participar en las Asambleas pero no tienen voto, ni pueden integrar los órganos directivos de la Federación.
Son miembros adherentes todas las escuelas o entidades con menos de tres años de existencia al solicitar su incorporación.
Pueden solicitar ser miembros ACTIVOS cuando reúnan los requisitos para ello y sean aceptados.
Son miembros HONORARIOS aquellas personas vinculadas al ejercicio de las tareas educativas o educadores o personalidades de la cultura, el arte o los medios audiovisuales, que, por su actuación, se hayan hecho acreedoras del reconocimiento de la F.E.I.S.A.L., sean miembros o no de la misma.
Son designados por la Asamblea General a propuesta de la Comisión Directiva o del 30% de los miembros ACTIVOS.
Carecen de voto y no pueden ser miembros de la Comisión Directiva.
Pueden proponer la incorporación de nuevos asociados.
Procedimiento
1.- La institución educativa que desee ser miembros de FEISAL, presenta la solicitud a la Comisión Directiva de la Federación, por medio de persona legalmente autorizada, acompañando la documentación necesaria. En su solicitud la institución educativa solicitante deberá indicar su deseo de ser incluida en la FEISAL como socio adherente o activo.
Documentación
a.- 2 (dos) notas de presentación de escuelas miembros de FEISAL.
b.- Documentación que acredite la existencia legal de la institución y su línea de dependencia o pertenencia a otras instituciones estatales o privadas. (Acta constitutiva o norma legal).
c.- Información sobre sus actividades, diseño curricular, programas de enseñanza, infraestructura y equipamiento
d.- Autoridades y plantel de profesores.
e.- Toda otra información que considere relevante para la evaluación de la institución.
La información es enviada en copia electrónica a la vicepresidencia de la Comisión Directiva con una anticipación no menor a los 60 días de la fecha de realización de la próxima reunión de Comisión Directiva.
Si la Comisión Directiva lo considera necesario solicitará a la institución otra documentación complementaria para su evaluación.
2.- La Comisión Directiva, en su próxima reunión considera el informe presentado por su Vicepresidente y dictamina sobre la aceptación de la institución como miembro, por voto de los dos tercios de miembros presentes. Esta resolución se comunica al interesado.
3.- La Asamblea General, en su próxima reunión ratifica la condición de socio de la institución solicitante. A partir de esa instancia la institución gozará de los beneficios y tendrá las obligaciones correspondientes a los socios, establecidos en los estatutos y reglamentos de FEISAL.
Contacto: info@feisal.org